COVID-19 COMO ENFERMEDAD PROFESIONAL NO LISTADA: ¿CÓMO HACER LA DENUNCIA SI TE ENFERMASTE POR EXPOSICIÓN LABORAL?

Hasta el 31/12/21 se amplió el reconocimiento del COVID-19 como Enfermedad Profesional No Listada para quienes se contagien prestando tareas en sus lugares de trabajo. Es fundamental que se realice la denuncia a la ART para recibir tratamiento. Una vez obtenida el alta médica, deberás iniciar el expediente administrativo ante la Comisión Médica Central (CMC) para que la enfermedad sea determinada definitivamente como "profesional".


Este es un nuevo paso hacia el objetivo de que el COVID-19 sea reconocido como Enfermedad Profesional Listada para lxs Trabajadorxs y se incluya en la Ley de Riesgo de Trabajo.

Desde el SUTEBA y la CTA, como parte del Espacio Intersindical Salud, Trabajo y Participación de los Trabajadores, venimos militando y construyendo colectivamente diferentes materiales, documentos y actividades con ese fin.

La norma en el Artículo 7° establece: "(…) Por el término de NOVENTA (90) días corridos contados a partir de la vigencia del presente decreto, la enfermedad COVID-19 se considerará una enfermedad de carácter profesional -no listada- respecto de la totalidad de lxs Trabajadorxs dependientes incluidxs en el ámbito de aplicación personal de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular (…)".

El Ministerio de Trabajo tendrá la competencia de prorrogar dicho período.

RECORDEMOS: la enfermedad por COVID-19, al ser una Enfermedad Profesional NO listada, una vez finalizado en tratamiento de la ART (es decir con el ALTA) hay que hacer el trámite ante la Comisión Medica Central (CMC) para su confirmación como Enfermedad Profesional.

Para poder encuadrar el COVID-19 como Enfermedad Profesional, necesitás seguir estos pasos:

  • Reportar a la autoridad sanitaria. El COVID-19 se trata de una enfermedad de obligatorio reporte y se debe denunciar telefónicamente (al 148 en Buenos Aires o al 107 en CABA).
  • Hacer la denuncia ante la ART para recibir el tratamiento correspondiente. En relación a la denuncia, tener en cuenta:


- La puede hacer cualquier persona mientras se reúnan los requisitos que se exigen.

- No es necesario patrocinio letrado.

- Se puede hacer por todas las vías habilitadas para el resto de los infortunios (escrita, telegráfica, vía fax, etc).

- Es aconsejable utilizar las vías informáticas (correo electrónico). En este caso se deberá enviar un e-mail a cem@provart.com.ar adjuntando toda la documentación. Una vez realizada esta acción, recibirás también por e-mail la confirmación de recepción de la denuncia. Por último, deberás confirmar la denuncia al teléfono 0800-333-1333.

- Podés consultar los datos de la aseguradora a través del siguiente link: www.srt.gob.ar/arg/datosart.php


Comunicate con la Seccional de tu distrito para recibir información sobre la documentación necesaria y asesorarte sobre el trámite administrativo.

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