MES DE MAYO: MES DE LA CELIAQUÍA

5 DE MAYO DE 2026: DÍA NACIONAL DE LA CELIAQUÍA 

¿POR QUÉ HAY UN DÍA NACIONAL EN ARGENTINA?

La Ley Nacional Nº 26.947, sancionada y promulgada en julio de 2014, establece que Argentina adhiere con la instauración del "Día Nacional del Enfermo Celíaco" a la fecha del 5 de mayo en que se celebra el Día Internacional para la concientización sobre esta enfermedad.

En la misma Ley se establece que, durante todo el mes de mayo, se trabaje para la difusión de esta enfermedad y la visibilización de los derechos de las personas que la padecen o necesitan acceder a su diagnóstico oportunamente.

Otras dos Leyes Nacionales, la 26.588 del año 2009 y la 27.196 de 2015, abordan los aspectos sanitarios y sociales que garantizan la cobertura y políticas de cuidado para quienes son diagnosticadxs con esta enfermedad.

ACCIÓN SINDICAL

La Licencia por Enfermedades Crónicas incluye en el listado la celiaquía, en tanto se trata de una condición de salud que puede requerir intervenciones diagnósticas y terapéuticas que afectan temporalmente la capacidad laborativa.

Listado de Enfermedades Cronicas.pdf

En el módulo para la gestión de Licencias Médicas está disponible el referido al Artículo 114.A.2.8 del Estatuto del Docente.

Los criterios establecidos para la asignación de esas licencias están disponibles para su consulta en nuestra página web en la "Guía de Criterios Diagnósticos para la evaluación de casos y ponderación de encuadre de Licencia en los términos del Artículo 114 A 2.8, según patologías consignadas en el LISTADO DE PATOLOGÍAS CRÓNICAS del Acuerdo Paritario / 2008-2025".

https://www.suteba.org.ar/enfermedades-crnicas-6878.html

En nuestros Centros de Salud podés acceder a controles periódicos de salud y consultas preventivas.

Para cada grupo de edad y de acuerdo a tus antecedentes personales y familiares, el equipo de salud te indicará los estudios indicados para la detección temprana de estas enfermedades y te dará recomendaciones preventivas.

¿QUÉ ES LA ENFERMEDAD CELÍACA?

La enfermedad celíaca es una enfermedad crónica, que se desencadena por la ingestión de gluten, una proteína presente en trigo, avena, cebada y centeno (TACC).

Personas genéticamente predispuestas al consumir gluten desencadenan una respuesta inflamatoria que afecta principalmente el intestino delgado y afecta la absorción de nutrientes.

Ese déficit va a manifestarse luego en distintos órganos y sistemas del organismo, con una sintomatología muy diversa que en muchos casos resulta difícil identificar.

Otra dificultad para su diagnóstico es que la enfermedad puede aparecer en cualquier momento de la vida, desde que se incorpora el gluten a la alimentación y es más frecuente en mujeres que en hombres.

Algunos síntomas con los que puede manifestarse la enfermedad son:

  • Diarrea crónica o malabsortiva
  • Distensión abdominal y dolor
  • Pérdida de peso
  • Desnutrición
  • Anemia
  • Aftas orales
  • Constipación
  • Baja estatura (con respecto a la genéticamente esperada para cada persona)
  • Abortos a repetición, menarca tardía, menopausia precoz
  • Reflujo gastroesofágico
  • Trastornos del esmalte dental
  • Caída del cabello, uñas quebradizas
  • Osteoporosis y fracturas óseas con traumas mínimos
  • Cefalea, depresión
  • Convulsiones con calcificaciones occipitales
  • Parestesias, tetania, calambres

DIAGNÓSTICO

Quien presente uno o varios de los síntomas debe concurrir al/la médico/a para el diagnóstico.

Se realiza un análisis de sangre para detectar el anticuerpo Antitransglutaminasa IgA. El diagnóstico se confirma con una biopsia intestinal.

Deben realizarse antes de iniciar el tratamiento. Es fundamental la detección temprana y el tratamiento oportuno para evitar complicaciones a largo plazo.

Por tratarse de una enfermedad crónica, es importante poder sostener el tratamiento en la organización de la vida cotidiana. Para ello, el resguardo de los derechos y ponerse en relación con otras personas que viven con esta enfermedad es fundamental.

Sitios como https://sintacc.org.ar/, que tiene aplicaciones e información actualizada para personas que viven con esta enfermedad, son útiles para desenvolverse en lo cotidiano.

Se debe evitar la ingesta de alimentos que contengan gluten, tanto de elaboración casera como los industrializados:

  • No consumir harinas de trigo, avena, cebada y centeno (TACC) y sus derivados
  • No consumir productos industrializados que puedan contener gluten en su composición

Consultá el Listado oficial de alimentos libres de gluten en: https://www.argentina.gob.ar/anmat/alg

Algunas personas tienen mayor probabilidad de ser celíacas en algún momento de la vida, deben tener en cuenta esa predisposición lxs médicxs que supervisan su salud en diferentes momentos del ciclo vital.

Esas personas son:

  • Lxs familiares directxs de las personas celíacas, como madre, padre, hermanxs
  • Personas que padecen Diabetes tipo 1, Tiroiditis de Hashimoto, Hepatitis autoinmune, Síndrome de Sjögren, Nefropatía con depósitos IgA, Miocardiopatías y enfermedades genéticas como Síndrome de Down o de Turner

DERECHOS DE LAS PERSONAS CON ENFERMEDAD CELÍACA Y COBERTURAS

La Ley Nº 26.588 declara de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca. ​​La Ley Nº 27.196 establece modificaciones a esa normativa.

Para acreditar la condición de paciente celíacx, se debe presentar en la obra social la constancia médica de enfermedad celíaca, aprobada por la Resolución Nº E-1408/2017 MSAL​.

Descargá la constancia

https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/nueva_constancia_medica_de_enfermedad_celiaca.pdf

Descargá el instructivo

https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/instructivo_para_profesionales.pdf

​Tu obra social (o el Estado, para quienes no la posean) debe garantizar la cobertura de las prácticas y determinaciones de laboratorio que figuran en esa constancia para que, a partir del momento del diagnóstico, recibas las prestaciones que correspondan.​

También se debe proporcionar cobertura para cubrir la compra de harinas y premezclas libre de gluten. La cobertura dineraria está establecida en un 27,5 % del valor de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) para una persona adulta de entre 30 y 60 años, acorde a lo establecido en el Decreto Reglamentario N° 218/2023.​ El monto se actualiza semestralmente.

Enlace de interé

Resolución Nº 1408-E2017