ANTE UN NUEVO ATAQUE A LA ORGANIZACIÓN DE LXS TRABAJADORXS DEL SUBTE Y PREMETRO

SIN ORGANIZACIÓN NO HAY SALUD EN LOS LUGARES DE TRABAJO

15/03/2018

Ante el dictamen de la sentencia por parte de la Corte de Justicia de la Nación, que deja firme una decisión judicial, por la cual se le quita la personería gremial a la Asociación Gremial de Trabajadorxs del Subterráneo y Premetro (AGTSyP), el Espacio Intersindical Salud, Trabajo y Participación de lxs Trabajadorxs, expresa su total solidaridad con lxs trabajadorxs.

Desde su nacimiento como "Metrodelegados", esta asociación sindical de base dio un fiel ejemplo de lucha y organización democrática. Siempre expresó la necesidad de lxs trabajadorxs de contar con una institución que garantice la defensa de sus derechos gremiales, consiguiendo importantes avances en su oposición a las políticas de tercerización empresaria y una constante mejora en la salud de lxs trabajadorxs por ella representada.

Por eso creemos que esta Corte, desde su nueva composición, no ha perdido oportunidad de atacar los únicos instrumentos con que cuenta el movimiento obrero ante tiempos de embestida neoliberal y vulneración de derechos.

Llama la atención que a sabiendas sobre las consecuencias que tendría el dictado de ésta sentencia, justamente cuando desde esta organización se están denunciando "negociados" y el "peligro en la salud de trabajadorxs y usuarixs" en las líneas de subterráneo; decida el máximo tribunal convalidar el quite de personería, sin debatir sobre el fondo de la cuestión, expresando sólo argumentos "formales", atacando a una organización sindical libre, democrática y de base que siempre tuvo como bandera la defensa de lxs trabajadorxs y la mejora de las condiciones laborales.

Por eso decimos: sin organización no hay salud para lxs trabajadorxs en los lugares de trabajo.

Este fallo es un claro golpe a la voluntad soberana de lxs Trabajadorxs del Subte y Premetro que busca condicionar su capacidad de organización para la defensa efectiva de los derechos laborales, entre ellos: "El derecho fundamental a la protección de la salud en los lugares de trabajo".