RESOLUCIÓN SOBRE ACOMPAÑANTES/ASISTENTES EXTERNOS

El día 22 de Julio de 2013 salió la Resolución Nº 782/13 que establece el accionar de un Acompañante o Asistente Externo dentro de las instituciones educativas. Esta resolución fue tratada y propuesta por el Consejo General de Cultura y Educación, con el objeto de regular el ingreso y precisar el alcance de la intervención. Su contenido está en relación a las leyes generales de Educación: la de Educación Nacional Ley 26.206 y la de Educación Provincial Ley 13.688; reemplaza a la Disposición Nº 53/06 (de Profesionales Privados No Docentes) que estaba en relación a la legislación establecida a partir de la Ley Federal de Educación. Con esta Resolución se completa el marco normativo, vinculado a la educación de estudiantes con discapacidad o trastornos en su desarrollo.

A continuación se detalla el contenido de los Anexos que contiene la RM Nº 782/13:

Anexo 1: definición del campo de intervención, los alcances de la actividad y las tareas que podrán desarrollar los Acompañantes/Asistentes Externos.
Anexo 2: los requisitos para el ingreso de los Acompañantes/Asistentes Externos.
Anexo 3: el trámite de solicitud y la documentación requerida para la incorporación del acompañante/Asistente Externo.
Anexo 4: la intervención de los distintos actores en la toma de decisiones.
Anexo 5: el circuito operativo referido a los pasos y las acciones institucionales.

Respecto a esta normativa, es necesario tener presente algunas consideraciones:
El Acompañante/Asistente Externo no es un cargo docente.
El ingreso de los Acompañantes/Asistentes Externos está avalado por la legislación vigente vinculada a los derechos y a la atención de personas con discapacidad.
El ingreso de un acompañante/Asistente Externo no reemplaza la intervención docente, ni sustituye a la Maestra Integradora.