El documento sobre "protocolos de actuación" fue Actualizado en 2025 y demuestra la continua lucha de SUTEBA, por garantizar derechos a los trabajadores de la educación.
Las licencias por Enfermedades Crónicas, según el Acuerdo Paritario celebrado en febrero de 2008 y Actualizado en el año 2025 quedan enmarcadas en el Art. 114 del Estatuto Docente (Decreto Reglamentario N° 688/93) inciso A.2.8, a partir de allí lxs docentes gozan del derecho de reencuadre de licencia por patologías que no estaban enunciadas explícitamente hasta ese momento.
Durante este año se actualizo, también, la "Guías de Criterios Diagnósticos para la evaluación de casos y ponderación de encuadre de Licencia en los términos del Artículo 114 A 2.8".
Ese documento contiene Información para las Juntas Médicas Especializadas del Servicio de Administración de Licencias Médicas y realización de Juntas Médicas de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, unificando criterios diagnósticos para ser aplicados en las evaluaciones realizadas a lxs agentes.
También se constituye en un documento que aporta información a lxs propios docentes y sus médicxs de cabecera, garantizando un criterio objetivo y brindando elementos que le aseguran a lxs compañerxs aportar, en forma correcta, antecedentes médicos y elementos de diagnóstico relacionados con las patologías que lxs afectan.