EL CONSEJO GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN SOLICITÓ LICENCIA PARA UN DOCENTE ADOPTANTE SIN PAREJA

El Dictamen elevado a la Dirección Provincial de Recursos Humanos pide el otorgamiento de una licencia similar a las que tienen las madres ante una adopción. Se trata de un caso particular que sienta un precedente para la igualdad de género en este tipo de casos.

El caso enviado para su análisis corresponde a un docente de la ciudad de Bolívar, único adoptante de un niño de 8 años, quien argumentó el pedido basándose en la discriminación que generaría el rechazo de iguales condiciones para hombres y mujeres y en la necesidad de la creación de un vínculo con el niño adoptado.

El Consejo pide que se tenga en cuenta la legislación sobre los derechos del niño reconocida en nuestro país en concordancia con la Convención Sobre los Derechos del Niño, entendiendo que no sólo hay que analizar la visión de los adultos sino las necesidades de los mismos niños.

Además, el Consejo asegura en su Dictamen que la normativa de licencias está muy atrasada en cuanto a la igualdad de género y aconseja comenzar a trabajar en ese tema.


Sobre el caso habló la Subsecretaria de Salud, Mónica Romero, y dijo: “El caso se encuentra en una situación favorable en cuanto al derecho de este compañero de poder adoptar un hijo”.  Luego, explicó: “El compañero legitimó el derecho a adoptar, pero aún no tiene derecho a tener licencia para poder construir y fomentar ese vinculo con el menor.”

Por su parte, el Secretario de Educación Especial y Consejero General de Cultura y Educación, Néstor Carasa, expresó: “La ampliación de derechos que se viene produciendo a nivel nacional requiere la intervención para modificar marcos normativos que provienen de otra época distinta donde, precisamente, esos derechos no estaban especificados. Concretamente, el compañero solicita poder tomar la licencia por adopción que en el Estatuto del Docente está prevista, pero de manera diferenciada si es mujer o si es varón.” Por eso, Carasa explicó: “La situación es que el compañero es un padre adoptivo soltero y la licencia según el Estatuto, por ser personal masculino, contemplaría solamente cinco días. Esto fue pensado así para un esquema de matriomonio heterosexual, que en la actualidad no es la realidad de todas las personas”. “Debemos abordarlo y darle el tratamiento necesario para adoptar un dictamen que favorezca el pedido del compañero, ya que él es el único que está a cargo del niño”, puntualizó Carasa.

Fecha de publicación : 30-08-2012