CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA: LA HUELGA ES UN DERECHO FUNDAMENTAL

Las dos CTA celebraron el histórico pronunciamiento de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), que reconoció que el derecho de huelga está comprendido dentro de las garantías protegidas por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre libertad sindical.

La decisión pone fin a una disputa impulsada por sectores empleadores que intentaron desconocer un principio elemental del derecho internacional del trabajo: que lxs trabajadorxs tienen derecho a organizarse, negociar colectivamente y recurrir a la huelga para defender sus intereses y sus condiciones de vida.

La huelga no es un privilegio ni una concesión: es una herramienta legítima y fundamental de lxs trabajadorxs frente a las desigualdades propias de la relación entre capital y trabajo.

Este fallo constituye el triunfo del derecho a huelga y de la lucha colectiva de lxs trabajadorxs del mundo.

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