¿CÓMO SE CUBREN LOS CARGOS EN EL NIVEL SUPERIOR?

La totalidad de los módulos u horas provisionales y cargos de Encargado de Medios de Apoyo Técnico Pedagógico serán cubiertos por el mecanismo de selección por evaluación de títulos, antecedentes y oposición que define la Resolución 5886/03.

El Consejo Académico Institucional:

Analizará la situación de cada perspectiva, espacio o asignatura que requiera cobertura, a los efectos de definir la conformación de la Comisión Evaluadora y elaborar un cronograma tentativo de la tarea de la misma.

En situaciones donde surjan inconvenientes para conformar la Comisión Evaluadora, deberá ponerse en conocimiento por la vía correspondiente a la Dirección de Educación respectiva, a fin de que ésta pueda establecer alternativas para superar el impedimento.

2.El Consejo Académico convocará una Comisión Evaluadora ad hoc, la que estará conformada por:

El Director del Servicio u otro docente que lo represente, preferentemente miembro del equipo directivo.

Un profesor integrante del Consejo Académico, que no ocupe cargo jerárquico en la institución.

Dos profesores con dominio teórico-práctico del plan de estudios y sus contenidos, competentes en relación con la especialidad para la que se concursa, preferentemente uno deberá proceder de otro instituto o universidad, o en su defecto acreditar desempeños relevantes en el área.

Un representante alumno con un mínimo de 30% de materias aprobadas preferentemente de la carrera y con la asignatura aprobada.

¿CÓMO FUNCIONA El LISTADO DE ASPIRANTES POR ORDEN DE MÉRITO?

Surge a partir de tres instancias:
1. Proyecto
2. Antecedentes (Títulos, Posttítulos, experiencia en el campo si se requiere u otros)
3. Entrevista vinculada al Proyecto.

La Secretaría de Inspección propondrá, siguiendo el orden de mérito, la cobertura de módulos u horas cátedra en cada asignatura, perspectivas o espacios para los que se efectuó selección, hasta agotar el listado y conforme la disponibilidad horaria a que este dispuesto cada docente.

El listado tendrá vigencia durante los veinticuatro meses posteriores a la notificación de sus resultados, debiéndose recurrir al mismo ante la necesidad de cobertura de las mismas asignaturas, perspectivas o espacios (unidad curricular).

Fecha de publicación : 07-02-2013