02 DE DICIEMBRE: DÍA INTERNACIONAL DE LA ABOLICIÓN DE LA ESCLAVITUD

Con el Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud se recuerda la fecha en que la Asamblea General de la ONU aprobó el Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena (resolución 317(IV), de 2 de diciembre de 1949).

"Nadie podrá ser sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas", artículo 4 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

El Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud nos recuerda que aún falta mucho para su erradicación, pero la lucha contra la esclavitud continúa. Hoy en día, millones de personas están siendo víctimas de esclavitud: trata de personas, explotación sexual, las peores formas del trabajo del niño, el matrimonio forzado, la servidumbre por deudas, y el reclutamiento forzoso de niños para utilizarlos en conflictos armados, son algunos ejemplos.

A lo largo de la historia, se ha luchado contra la esclavitud de diferentes formas. Por ejemplo la Asamblea del Año XIII de las Provincias Unidas del Río de la Plata dictó la libertad de vientres en 1813 y la Constitución de la Nación Argentina, de 1853, dio por abolida completamente la esclavitud en su artículo 15.

La "libertad de vientres" declarada en la Asamblea del año 1813 consistió en que, precisamente, el vientre de las esclavas era libre; por tanto todo el nacido luego de la declaracion de la Asamblea como hijo de una mujer esclava, no era esclavo sino libre. A partir del 1 de mayo de 1853 en que entró en vigencia la nueva Constitucion Nacional, quedó abolida la esclavitud definitivamente.

En su Artículo 15 decía y sigue diciendo aún hoy: "En la Nación Argentina no hay esclavos: los pocos que hoy existen quedan libres desde la jura de esta Constitución; y una ley especial reglará las indemnizaciones a que dé lugar esta declaración. Todo contrato de compra y venta de personas es un crimen de que serán responsables los que lo celebrasen, y el escribano o funcionario que lo autorice. Y los esclavos que de cualquier modo se introduzcan quedan libres por el solo hecho de pisar el territorio de la República".

Fuente: http://www.unesco.org