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FONOAUDIOLOGÍA

 

IOMA SUTEBA

Tratamientos Fonoaudiológicos: con la derivación efectuada por el médico u odontólogo, debe dirigirse al prestador,  adquirir el bono de tratamiento.
El valor del bono es de $21.00 (pesos veintiuno), el cual incluye 8 sesiones mensuales, reconociéndose 10 meses de tratamiento.

Discapacidad:
Sub módulo A: incluye evaluación y tratamiento de Hipoacusia Neurosensorial en sus diferentes grados y casos.
Sub módulo B: incluye el tratamiento de Sme. Genéticos, Trat. Generalizado del desarrollo, Pat. Neuromotoras, Discapacidad Visual y retraso global del Desarrollo.
El profesional tratante solicita la autorización al IOMA, el bono es sin cargo. El afiliado deberá adjuntar certificado de discapacidad



Prácticas Audiológicas (por Ej. audiometrías, logoaudiometrías, oto emisiones acústicas, etc.) con la orden médica debe dirigirse al prestador fonoaudiólogo y adquirir el bono correspondiente según la práctica.


 

Se reintegra el bono de tratamiento fonoaudiológico  ($21) con cobertura al 100%, hasta un máximo de 5 bonos por beneficiario.
Deberá presentar:

 *Talón del bono.
*Fotocopia de la orden médica.
*Factura original del profesional.
*Comprobante de C.B.U.

 

 

 

 

 

 

 

Se reintegra un bono de práctica audiológicas, por año con cobertura al 100%.
Deberá presentar:

*Talón del bono.
*Fotocopia de la orden médica.
*Factura original del profesional
*Comprobante de C.B.U.

 

 

 

 

 

 

 


Las consultas médicas se realizan en consultorios de profesionales prestadores o en consultorios externos de Clínicas y Sanatorios. Según la categoría del profesional A, B ó C el afiliado abonará un monto, que no podrá ser incrementado.

Categorías de Bonos para Afiliados

A: sin costo para el afiliado

B: $14,00

C: $24,00

 

 

Todo pago por sobre estos valores es un Cobro Indebido

Consulte los prestadores en

www.ioma.gba.gov.ar