18 DE MARZO: DÍA DE LA PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS TRANS

Cada 18 de marzo se conmemora, en nuestro país, el Día de la Promoción de los Derechos de las Personas Trans, en homenaje a Claudia Pía Baudracco, fallecida en 2012.

Claudia fue fundadora de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) y la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgéneros de Argentina (ATTTA) y una de las principales impulsoras de la Ley de Identidad de Género, Ley Nº 26.743, que le dio derecho a las personas trans a tener un nombre de elección y a la salud integral.

LA LEY DE IDENTIDAD DE GÉNERO EN LA ESCUELA

Toda la normativa nacional e internacional establece que niñas, niños, niñxs y adolescentes SON sujetos de derecho, lo que implica que tienen derecho a no ser discriminadxs, ser escuchadxs, a que su opinión sea tenida en cuenta, a brindarles información sobre sus derechos y expresar libremente su identidad de género de acuerdo a su autopercepción.

Artículo 12 de la Ley de Identidad de Género: Trato Digno

"Deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes, que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad. A su solo requerimiento, el nombre de pila adoptado deberá ser utilizado para la citación, registro, legajo, llamado y cualquier otra gestión o servicio, tanto en los ámbitos públicos como privados.

Cuando la naturaleza de la gestión haga necesario registrar los datos obrantes en el documento nacional de identidad, se utilizará un sistema que combine las iniciales del nombre, el apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento y se agregará el nombre de pila elegido por razones de identidad de género a solicitud del interesado/a. En aquellas circunstancias en que la persona deba ser nombrada en público deberá utilizarse únicamente el nombre de pila de elección que respete la identidad de género adoptada".

*Es importante tener en cuenta el nombre de pila con el cual se identifica para ser utilizado en el trato cotidiano y en todos los registros que se utilicen en la institución educativa.

En los registros que sean necesario, registrar los datos que figuran en el DNI. La Ley establece que si no hay cambio registral, deberá utilizarse un sistema que combine el nombre de pila con el cual se identifica la persona, las iniciales del nombre y apellido completo, día y año de nacimiento y número de documento.

Por ejemplo:

CLAUDIA (MG) GÓMEZ 15-11-2008 / 47.543.231 (solo de ser necesario).

La identidad de género debe ser respetada más allá de si se realiza o no la rectificación en el DNI. La rectificación registral ES UN DERECHO, NO UNA OBLIGACIÓN.

La ESI con perspectiva transversal y no binaria permite poner en valor la visibilización y el reconocimiento de las identidades trans que habitan las Escuelas.

¿Dónde está Tehuel?

¡Claudia Pía Baudracco, PRESENTE!