INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA AFILIADOS AL IOMA CON CONYUGE/CONVIVIENTE A CARGO

SALUD/SUTEBA: INFORMACIÓN SOBRE IOMA

MODIFICACIONES PARA BENEFICIARIOS QUE TIENEN OTRA OBRA SOCIAL Y QUE ACTUALMENTE NO TIENEN RETENCIÓN DE CUOTA ADICIONAL (DECRETO N° 3771/07)
  Si tienen a cargo a un cónyuge o conviviente sin cuota adicional y el beneficiario NO tiene otra obra social obligatoria, sigue en el IOMA con  las mismas condiciones que hasta la fecha.Si su cónyuge o conviviente en el transcurso de este año obtuvo una obra social obligatoria nacional, podrá optar por continuar en el IOMA con cuota adicional que se aplicara automáticamente a partir  del 01/02/10.  Si NO acepta continuar en el IOMA con cuota adicional, deberá presentar el pedido de baja en su delegación hasta el 15/01/10 Aclaración: IOMA realiza un cruce de padrones con el ANSES , del cual surgen los beneficiaros que tienen obra social obligatoria nacional. Pueden consultar en la pagina de ANSES, y sacar una certificación negativa para verificar la situación de su cónyuge o conviviente.  También en la pagina de IOMA, pueden consultar si está sujeto al descuento de cuota cónyuge.
Fecha de publicación : 06-01-2010