SALIDAS EDUCATIVAS - SALIDAS DE REPRESENTACIÓN INSTITUCIONAL

04/09/2017

Desde la Secretaría Gremial del SUTEBA compartimos el link de la Resolución N° 378/17 "SALIDA EDUCATIVA - SALIDA DE REPRESENTACIÓN INSTITUCIONAL" que reemplaza a la RM N° 530/16: http://www.suteba.org.ar/salidas-educativas-salidas-de-presentacin-institucional-resolucin-n378-17-16724.html

La Resolución 378/17 es una iniciativa de la DGCyE que no fue tratada en mesa de cogestión. Sin embargo desde el Consejo General, a través de nuestros representantes Docentes, logramos incidir en el contenido de este nuevo marco, destacándose, entre otros, los siguientes aspectos:

  • La decisión para realizar una salida se produce en la institución educativa. Los niveles jerárquicos superiores verifican el cumplimiento de lo establecido en las normativas vigentes.
  • Las Instituciones educativas de gestión estatal no deben contratar ningún tipo de seguro adicional.


Entendemos que esta nueva resolución elimina algunas cuestiones burocráticas, despeja el tema vinculado a los seguros y recupera la autoridad de los Equipos de Conducción y de Docentes de las Instituciones educativas, manteniéndose la responsabilidad de la DGCyE.

Igualmente, cabe aclarar que el texto de la Resolución 378/17 se presenta confuso en el tema de las responsabilidades respecto de la autorización de dichas salidas. En el cuadro del Anexo II manifiesta como responsable de autorizar el proyecto educativo al Equipo Directivo del Establecimiento, recuperando la autoridad de los equipos de conducción y poniendo de esta manera en iguales condiciones a las Escuelas de gestión pública con las de gestión privada, pero a continuación en el punto 1.3, punto 3 y los anexos IV y V que hacen referencia a la autorización del Inspector de Enseñanza - gestión estatal. En este sentido, cabe aclarar que los niveles superiores de Supervisión actúan autorizando en los casos de salidas al exterior.

Despeja dudas sobre la responsabilidad civil manifestando que la responsabilidad civil para las Escuelas de gestión pública es la Dirección General de Escuelas, como así también hace referencia a la contratación de un seguro de responsabilidad civil por parte de la DGCyE, deslindando de esta responsabilidad a las Escuelas de gestión pública.

La norma facilita la salida institucional en las cercanías de las Escuelas con una única autorización anual a tal efecto, también menciona la posibilidad de utilizar los vehículos del Personal Docente u otra persona vinculada a la Comunidad Educativa.

Justifica la inasistencia del Personal Docente que se desempeñe en otro establecimiento con un máximo de quince días.