POR EXAMEN MÉDICO POR INCORPORACIÓN AL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO

Personal titular, provisional y suplente. Estos dos últimos mientras dure su situación de revista como tales: Se concederá esta licencia con goce íntegro de haberes por el tiempo que sea necesario.


La justificación de las inasistencias se realizará con la presentación del certificado médico de las FF.AA., el que deberá especificar el lapso que requirió el examen.